"INSTRUCCIONES PARA OPERACIONES DE SEGURIDAD"
(Inciso D, apartado 5025 de la sección III: Procedimientos para asegurar la libertad de trabajo.)
1.- Con el personal que desee concurrir al trabajo
El personal militar no se limitara a una mera permanencia o tránsito( en la zona). Para que los trabajadores tengan la seguridad de que cuentan con adecuada protección harán llegar a los mismos, particularmente a los que se muestren remisos o indecisos, las seguridades de que no habrán de sufrir molestias por parte de los elementos perturbadores que propicien el movimiento huelguista. Además, los invitarán a concurrir al trabajo.
2.- Con el personal de huelguistas y perturbadores.
a) No se consentirá la permanencia injustificada de grupos de tres o más personas en:
1- Inmediaciones de las instalaciones y establecimientos vitales
2- Paradas de vehículos de transporte de colectivos o estaciones inmediatas.
3- Cafés u otros locales desde donde elementos perturbadores puedan desarrollar sus planes.
b) Se procederá a la inmediata detención de :
1- Los que integren piquetes de huelga
2- Los que inciten a la huelga(propaganda oral, distribución de panfletos, fijación de carteles o leyendas, etc.)
3- Los que inciten a la huelga o se muestren remisos a entrar y permanecer en las proximidades después de habérseles prevenido para que optaren por entrar o retirarse.
3.- Con los responsables patronales
Cuando éstos abriguen temores para la apertura de los establecimientos o el funcionamiento de los servicios, se les hará conocer las "garantías" que otorgan las Fuerzas Legales, para el normal desarrollo de sus actividades, invitándolos a colaborar con las autoridades.
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El documento RE-10-51 instruye entre otras cosas:
Doce páginas a instruir detalladamente sobre registro de personas y vehículos.Contiene indicaciones tales como " se comprobará si el sospechoso usa peluca, y si debajo de ésta oculta algo".
Diecinueve anexos que, exceptuando tres de ellos, son los formatos de planillas que el personal operativo debe cumplimentar para posteriormente transmitir a su superior:
Anexo 2: Tarjeta de identificación de cadáveres- Nombre y apellido del muerto, grado y organización a la que pertenecía. Si el muerto es NN, se exige asimismo una detallada explicación de la causa de la muerte.
Anexo 3: Tarjeta de identificación de materiales- Se ha de especificar una descripción nominal y numérica de los materiales capturados.
Anexo 4:Acta de secuestro de materiales
Anexo 5 : Parte del operativo militar en sí mismo.
Anexo 6 : Nota de remisión de subversivos muertos.
DOCUMENTO DEL EJÉRCITO ARGENTINO - RC-9-1(*)
OPERACIONES CONTRA ELEMENTOS SUBVERSIVOS
Apartado VI de "INTRODUCCIÓN": CONCEPTOS BÁSICOS
Términos que no deben ser empleados.................................... Términos a emplear
Fuerzas de la subversión ..........................................................Elementos subversivos
Guerrillas ...................................................................Bandas de delincuentes subversivos armados
Vistiendo uniformes.......................................... Usurpando el uso de insignias,distintivos y uniformes.-
Personal propio tomado prisionero.......................................... Personal propio secuestrado
Guerrillero prisionero....................................................................Delincuente capturado
Base de guerrillas ..................................................................Campamento de delincuentes
Operaciones de guerrilleros....................................................... Acciones de delincuentes
Insurrección..................................................................................-extremismo-irregulares-
guerra de guerrillas................................................................................. Subversión
Contrainsurgencia.............................................................................. Contrasubversión
(*) Ambos documentos pueden encontrarse en el excelente trabajo realizado por el coronel español Prudencio García, "El drama de la autonomía militar", así como en el American Association of Jurist.
Ambos llevan la firma del entonces jefe del Estado Mayor del Ejército, general Viola, con fecha 17 de diciembre de 1976.